AVES
DE ALICANTE
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"DESEMBOCADURA
DEL ALGAR" punto clave de muchas especies de aves migradoras,
EN PELIGRO DE DESAPARECER!!!!
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Claves de la tabla
anterior:
C.Berna
(Convenio de Berna)..19-9-1979. Ratificado por Reino de Espańa 1-10-1986.
BOE 235.
Estatus
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Comentario
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II
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Especies incluidas en el Anexo II, Estrictamente
Protegidas. Convenio de Berna de 19 de septiembre de 1979 y en
vigor en Espańa desde el 1 de septiembre de 1986, relativo a la
conservación de la Vida Silvestre y el Medio Natural de Europa.
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III
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Especies incluidas en el Anexo III, Protegidas,
cuya explotación se regulará de tal forma que las poblaciones
se mantengan fuera de peligro. Convenio de Berna de 19 de septiembre
de 1979 y en vigor en Espańa desde el 1 de septiembre de 1986,
relativo a la conservación de la
Vida Silvestre y el Medio Natural de Europa.
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D.
Aves (Directiva Aves). Consejo de Europa, Directiva 79/409/CEE, de 2
de Abril de 1979.
Estatus
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Comentario
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I
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Especies incluidas en el Anexo I, que deben
ser objeto de medidas de conservación del hábitat. Directiva 79/409/CE,
referente a la Conservación de las Aves Silvestres, ampliada por
la Diresctiva 91/294/CE.
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II
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Especies incluidas en el Anexo II, que pueden
ser cazables. Directiva 79/409/CE, referente a la Conservación
de las Aves Silvestres, ampliada por la Directiva 91/294/CE.
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III
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Especies incluidas en el Anexo III, que pueden
ser comercializables. Directiva 79/409/CE, referente a la Conservación
de las Aves Silvestres, ampliada por la Directiva 91/294/CE.
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D.
Habitat (Directiva Hábitat). Consejo de Europa, Directiva 92/43/CEE,
de 21 de Mayo de 1992.
Estatus
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Comentario
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II
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Especies incluidos en el Anexo II, que deben
ser objeto de medidas especiales de conservación del hábitat;
las que van acompańadas de un asterisco son "especies prioritarias".
Directiva Hábitat, aprobada por la CE el 21 de mayo de 1992.
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IV
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Especies incluidos en el Anexo IV, estrictamente
protegidos. Directiva Hábitat, aprobada por la CE el 21 de mayo
de 1992.
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V
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Especies incluidos en el Anexo V, que pueden
ser objeto de medidas de gestión (se pueden cazar o pescar). En
el caso del lobo espańol, las poblaciones al sur del Duero figuran
como "II*" y "IV"; las del norte del Duero,
como "V". Directiva Hábitat, aprobada por la CE el 21
de mayo de 1992.
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C.
Bonn (Convenio de Bonn)
Estatus
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Comentario
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I
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Los Estados miembros se esforzarán por conservar
las especies del Apéndice I y sus hábitats. Convenio de Bonn,
Sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales
Silvestres.
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II
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Los Estados miembros se esforzarán por concluir
acuerdos en beneficio de las especies del Apéndice II. Convenio
de Bonn, Sobre la Conservación de las Especies Migratorias de
Animales Silvestres.
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Cat
VEA (Catálogo Valenciano de
Especies Amenazadas)
Estatus
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Comentarios
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PE
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En Peligro de Extinción
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SAH
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Sensibles a la Alteración del Hábitat
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V
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Vulnerables
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IE
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De Interés Especial
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EP
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Especie Protegida
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ET
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Especie Tutelada
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EC
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Especie Cinegética
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(IE*) De Interés Especial, de acuerdo con el Catálogo Nacional
de Especies .
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